CCCi: “No debemos votar algo que parece ser ilegal o imposible”

Vergara solicitó y obtuvo que se ‘dejara sobre la mesa’ y se pidiera un informe jurídico «sobre las aparentes contradicciones e ilegalidades que contiene el borrador de Acuerdo de Condiciones de Trabajo de los empleados municipales», señalan los independientes

Crónicas de Siyâsa/CCCi

El borrador de Acuerdo de Condiciones de Trabajo (ACT) de los empleados públicos del Ayuntamiento de Cieza para el bienio 2017/18 fue retirado del debate del pleno a instancias de la concejal de Personal, María Jesús López, previa petición en ese sentido por parte del edil de CCCiezanos en Junta de Portavoces, José Luis Vergara, quien sostuvo en la sesión preparatoria que algunos artículos de dicho ACT “aparentan ser contradictorios y otros: ilegales, por lo que someterlo a votación, en estas condiciones, puede conllevar aprobar un ACT de imposible implantación o, todavía, peor, vulnerar la ley”.

El actual borrador del ACT, que fue leído en Junta de Portavoces “con muy pocos días de conocimiento para algo tan complejo y de tan amplio alcance”, según Vergara Giménez, propone en su artículo 14 una jornada ordinaria de trabajo de 8 a 15 horas de lunes a viernes, es decir: 35 horas semanales, algo que es contrario a la ley 2/2012 PGE que fija la jornada funcionarial en 37’5 horas semanales en todo el territorio nacional y para todos los empleados públicos (estatales, regionales y locales). “Que el artículo 13 diga que son 37’5 es meramente declarativo y falaz, porque luego el 14 lo deja en 35 horas; que esas 2’5 horas que faltan a la semana se vayan a cumplir exclusivamente con la asistencia a cursos es desmedido e irrealizable, porque suman más de cien horas al año, y además, sólo muy parcialmente, redunda en una mejor atención al ciudadano y tampoco agiliza el trabajo y la celeridad en la tramitación de expedientes”.

Para CCCiezanos hay un camino claro, legal y recto, para quienes defiendan la reducción de la jornada de los funcionarios: “si creen que la ley 2/2012 es mala o está desfasada, deben ir al Congreso y pedir su anulación en los inminentes Presupuestos Generales; precisamente la actual composición de las mayorías y minorías en la cámara permite esta posibilidad. Si la ley no gusta, pues se cambia, pero siempre yendo de la ley a la ley, lo contrario es puro escaparate y brindar al sol. Mientras la ley siga siendo la que es a mí no me van a obligar a votar en su contra, lo diga quien lo diga. Otra cosa es que se pida su modificación, ahí ya nos podemos sentar a hablar, mientras tanto la ley y el derecho mandan”.

También en los repartos de Productividad entiende CCCi que se puede estar vulnerando la ley, en este caso la 5/2015 del Estatuto Básico del Empleado Público (que reproduce idénticamente lo referido a Productividad por la anterior norma de 2007 EBEP), “toda la jurisprudencia, toda, de Superiores de Justicia, de la Audiencia Nacional y del Supremo, convienen en lo mismo: la Productividad no se puede generalizar, es individual, como premio a los mejores funcionarios por su iniciativa, esfuerzo y rendimiento, su objetivo no es otorgar sobresueldos a todo un colectivo o categoría, si no todo lo contrario. Para ponderar los honorarios de ciertos grupos y áreas existen los complementos de Destino y Específico. No se puede querer hacer pasar por Productividad lo que las sentencias judiciales nos dicen todos los días que no lo es. El problema se debe afrontar desde otra óptica y de acuerdo a la ley”.

Finalmente la retroactividad de este Acuerdo, señalando que surte efecto desde el 1 de enero de 2017 “es, como poco, discutible y debe motivarse muy, muy satisfactoriamente, que ahora no lo está. Queda mucho trabajo por hacer”.

 

 

 

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